El gobierno provincial se sumó a los bonos de fin de año anunciados por el presidente Alberto Fernández y el intendente Julio Garro, entre otros funcionarios, y confirmó el pago de un plus salaria por única vez de $20.000. La medida alcanzará a todos los trabajadores de la administración pública, pero establece además algunas limitaciones para los cargos jerárquicos y los funcionarios del Estado.
En un escrito dado a conocer en las últimas horas, las autoridades provinciales detallaron los pormenores de la decisión, informando el monto, las fechas de cobro, los alcances y hasta quiénes no recibirán el pago, entre otros puntos.
EL ALCANCE
La Provincia confirmó además que la gran mayoría de los trabajadores del Estado podrá recibir el bono, incluyendo quienes cumplen tareas administrativas, docentes, profesionales de la salud, policías y hasta el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), entre muchos otros empleados de la administración pública bonaerense:
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Ley N° 10.430 planta permanente con estabilidad; planta permanente sin estabilidad; planta temporaria (transitoria mensualizada; de gabinete -siempre que su retribución no sea superior a la del cargo de Director Provincial 1-; secretarios privados y contratados por locación de servicios).
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Ley N° 10579 Docentes, en las condiciones que se estipulan en el apartado 7.
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Consejeros Escolares, Secretarios Técnicos y Secretarios Administrativos de Consejos
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Escolares previstos en la Ley N° 13.688.
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Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes.
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Técnico Gráfico Ley N° 10.449.
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Dirección de Vialidad Ley N° 10.328.
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Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias-.
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Comisión de Investigaciones Científicas Decreto-Ley N° 9.688/81 y Ley N° 13.487.
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Hipódromos.
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Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.
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Ley N° 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias.
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Dirección Provincial de Energía CCT N° 36/75.
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Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA).
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Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75 y no convencionado.
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Personal de la Subsecretaría de Asuntos Portuarios del Ministerio de Producción, Ciencia e
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Innovación Tecnológica bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E.
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Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N° 9.578/80 -inclusión de cadetes-
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Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982 -inclusión de cadetes-
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Poder Judicial Ley 10374, con la excepción estipulada en el punto 3.d).
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Becarios.
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Contratos Colegio de Escribanos Ley N° 10295.
Finalmente, la Provincia también informó que los docentes de instituciones privadas subvencionadas por el Estado también podrán acceder al beneficio, pero en un porcentaje igual al del aporte que el mismo realiza a esos colegios.
LAS EXCEPCIONES
No todos los trabajadores del Estado provincial se verán alcanzados por el beneficio. Por el contrario, cuatro grandes sectores estarán exceptuados del pago:
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Jerarquizado superior.
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Personal de Gabinete cuya retribución sea superior a la de Director Provincial.
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Contratos de locación de obra, cualquiera sea el marco legal del contrato.
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Magistrados y funcionarios judiciales Ley N° 10.374 desde nivel 19.5.
LAS FECHAS
Las autoridades provinciales indicaron que el bono se pagará en «una liquidación complementaria en diciembre 2021 o en su defecto con liquidación complementaria en enero 2022».
LAS CONDICIONES GENERALES
El bono, según se detalló, será no remunerativo y no bonificable, además de único y por persona, por lo que no se pagará dos veces a pesar de que el trabajador posea más de un cargo público.
El beneficio, además, «debe ser computado a los efectos del pago del impuesto a las Ganancias» y podrá ser «pasible de embargos por deudas alimentarias», «no admite proporcionalidad por días trabajados» y «no constituye una retribución mensual, por lo tanto no debe ser considerado a los efectos del pago del anticipo jubilatorio».








